facebook X Instagram Threads Bluesky Telegram WhatsApp YouTube
Écija

El Ayuntamiento reconoce que carece de un inventario de bienes muebles e histórico-artísticos de la ciudad de Écija

La Asociación Amigos de Écija informa que ha recibido confirmación de de que el Ayuntamiento de Écija ha dado respuesta al requerimiento formulado por el Consejo de Transparencia y Protección de Datos de Andalucía.

Según señala la asociación, en la respuesta recibida se reconoce que el consistorio ecijano no dispone de inventario de bienes muebles ni de inventario de bienes histórico-artísticos, tal y como exige la normativa patrimonial vigente.

Antecedentes

La Asociación viene reclamando desde el 24 de julio de 2025 el acceso al inventario completo de los bienes municipales, con especial atención a los bienes muebles de carácter histórico y artístico. Ante la falta de respuesta municipal, la Asociación presentó el 2 de junio de 2026 una reclamación ante el Consejo de Transparencia y Protección de Datos de Andalucía, que fue admitida a trámite.

La respuesta del Ayuntamiento

En el expediente municipal 10810/2026, resuelto mediante Decreto núm. 2026-3373, de 12 de agosto de 2026, el Ayuntamiento de Écija, reconoce expresamente que, a fecha de la resolución, no dispone de inventario de bienes muebles ni de inventario de bienes histórico-artísticos.

Únicamente pone a disposición el inventario de bienes inmuebles, publicado el 22 de junio de 2026 en el portal de transparencia municipal, tras constatarse que hasta esa fecha tampoco estaba publicado.

Asimismo, confirma que las obras de don Cesáreo Cambronero López no constan registradas en ningún inventario o catálogo de bienes, ni municipal, ni del Museo Histórico, ni de la Junta de Andalucía.

Valoración de Amigos de Écija

La obligación de las entidades locales de formar y mantener un inventario general de todos sus bienes y derechos viene establecida, entre otras normas, en el artículo 86 del Real Decreto Legislativo 781/1986, los artículos 17, 18 y 22 del Reglamento de Bienes de las Entidades Locales (Real Decreto 1372/1986), el artículo 57 de la Ley 7/1999 de Bienes de las Entidades Locales de Andalucía y el artículo 32 de la Ley 33/2003, del Patrimonio de las Administraciones Públicas.

Por lo que, la Asociación Amigos de Écija considera que la propia respuesta municipal confirma el incumplimiento denunciado y espera ahora que el Consejo de Transparencia y Protección de Datos de Andalucía dicte resolución favorable requiriendo la elaboración del inventario completo.

Más recientes

logo