El tiempo - Tutiempo.net

Ampliada la captura del conejo silvestre, ante la superpoblación existente en los campos de la Comarca de Écija.

La Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio ha publicado en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA), una resolución por la que se adoptan medidas cinegéticas excepcionales por los daños que provocan los conejos silvestres en los campos de los municipios sevillanos, entre los cuáles se encuentran incluidos los de la Comarca de Écija.

Según informa la administración autonómica, los resultados obtenidos de las poblaciones de conejos silvestres en el marco del Programa de Seguimiento de Especies Cinegéticas de Caza Menor en Andalucía, se constata la tendencia regresiva de los efectivos poblacionales de esta especie, por lo que se acordó en el Comité de Caza del Consejo Andaluz de Biodiversidad celebrado el 14 de abril de 2015, la modificación de periodo hábil para favorecer su reproducción.

Aunque esta es la tendencia general, hay que dar respuesta también a aquellas áreas en las que las poblaciones de conejo silvestre alcanzan altas densidades y producen daños a la agricultura, por lo que es necesario mantener medidas excepcionales de control de daños en determinadas áreas cinegéticas de las provincias de Cádiz, Córdoba, Jaén, Málaga y Sevilla.

En este sentido, se declara estas medidas cinegéticas excepcionales para el control de los daños causados por los conejos silvestres (Oryctolagus cuniculus), en varios términos municipales de la provincia sevillana, como son los de Aguadulce, Alcalá de Guadaíra, Arahal, Badolatosa, Las Cabezas, Cañada Rosal, Carmona, Casariche, Los Corrales, El Cuervo, Dos Hermanas, Écija, Estepa, Fuentes de Andalucía, Gilena, Herrera, Lantejuela, Lebrija, Lora de Estepa, La Luisiana, Mairena del Alcor, Marchena, Marinaleda, Martín de la Jara, Los Molares, Morón de la Frontera, Osuna, Los Palacios y Villafranca, Paradas, Pedrera, La Puebla de Cazalla, La Roda de Andalucía, El Rubio, El Saucejo, Utrera, Villanueva de San Juan y El Viso del Alcor.

En los cuales, se establece estas medidas conducentes para reducir las poblaciones de conejos silvestres, a las que podrán acogerse las personas o entidades titulares de cotos de caza que tengan incluidos en sus planes técnicos de caza, el control de daños por conejos y cuyos terrenos se encuentren incluidos en esta resolución.