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Écija


Sábado, 18 de mayo de 2024

OMIC de ÉcijaUna representación de la Oficina Municipal de Información al Consumidor (OMIC) de Écija, estuvo presente en el día de ayer, en la jornada informativa sobre Real Decreto Ley 1/2017, de 20 de enero de las medidas urgentes de protección de los consumidores en la materia de cláusulas suelo, que organizo la Diputación Provincial de Sevilla.

Una jornada informativa en la que los técnicos de Emvisesa, Alejandro Rodríguez Llance y Eva Cristóbal Domínguez, han desgranado el contenido de la guía informativa elaborada en esta empresa pública sobre lo pasos que ha de seguir por el consumidor en su reclamación y aquellos casos que están interesados para hacer uso del mecanismo extrajudicial regulado en el RD Ley 1/2017.

Rodríguez Llance han advertido de la necesidad de constatar, en primer lugar, que la hipoteca suscrita tiene aplicada la denominada cláusula suelo. Una vez confirmado este punto, el siguiente paso será rellenar la instancia de reclamación que la entidad financiera haya elaborado para tal fin, 'presentando el máximo de documentación posible, pues todo ello agilizará la resolución del proceso' -según recomienda. En su opinión personal, considera 'conveniente hacer la reclamación a partir del 21 de febrero, ya que el Real Decreto da un mes a las entidades bancarias para que puedan prepararse para atender todas las reclamaciones; adelantarse puede ser precipitado y dejarnos fuera de algún posible beneficio que pueda dictarse hasta esa fecha'.

Por su parte Eva Cristóbal ha explicado que esta normativa 'es de aplicación en aquellos casos en los que el deudor hipotecario es una persona física que sea consumidor, según las normas de protección de consumidores y usuarios, y no es para profesionales o empresarios que tengan pólizas sobre locales afectos a su actividad'. Asimismo, ha advertido que las reclamaciones para la devolución de las cantidades en concepto de cláusula suelo también se pueden hacer sobre 'préstamos hipotecarios ya cancelados y en situaciones de entrega de la vivienda como dación en pago o pérdida de la vivienda por desahucio hipotecario'.

El turno de conferencias lo ha cerrado Manuel Costa Mestanza, abogado especialista en Derecho Bancario, quien ha precisado que 'es la primera vez que el Tribunal de Justicia de la Unión Europea desautoriza al Tribunal Supremo del reino de España, algo que desde el punto de vista jurídico supone un mazazo a nuestro sistema de administración de justicia'.

Para Costa, 'ha calado en la sociedad el cliché de que, en su momento, el usuario no se enteró de nada y el director del banco no explicó nada, lo que es una exageración'. De igual modo ha comentado que 'los clientes son un factor importante y la banca está totalmente decidida a estar a la altura de lo que le pide la sociedad, para ello han provisionado en años precedentes las cantidades necesarias; creo que el daño es más moral que económico'.

El encuentro ha concluido con una mesa redonda en la que han participado representantes de las asociaciones de consumidores FACUA, UCA-UCE, ADICAE e HISPALIS.

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