Una vecina de la localidad sevillana de Écija, de 58 años de edad, ha presentado una demanda contra una aseguradora por presunta falsificación de la firma en un seguro de enfermedad que la demandante contrato con la compañía, la cual se niega a indemnizarla por una enfermedad respiratoria que aparecía unos años después.
Según ha manifestado el abogado de la demandante, Fernando Osuna, a diversas agencias de noticias “su cliente contrató hace siete años un seguro de indemnización en caso de enfermedad que quiso hacer valer hace año y medio cuando apareció una enfermedad relacionada con el aparato respiratorio”.
Ya que “la asegurada cumplía con todos los requisitos establecidos en la póliza y que quedaron acreditados al contratar la misma, por lo que tenía derecho a las prestaciones que se hallan incluidas en dicha póliza, al no presentar ninguna patología previa al contrato con la aseguradora”, explica el abogado de la demandante al que esta vecina del municipio sevillano de Écija acudió para interponer la demanda contra la aseguradora
Osuna señala que “para ello falsificaron un documento imitando la firma de la asegurada, al escanear la firma del carnet de identidad de la señora y plasmarlo en un documento hecho a medida para no cumplir los requisitos para ser asegurada. Al documento, que ella nunca firmó, le pusieron una fecha anterior a la contratación del seguro”.
"El responsable no es la aseguradora, sino el agente que atendió a mi cliente, por lo que la querella se ha presentado contra él", ya que “a mi cliente no le dieron una copia del documento falsificado”, recalca el abogado Fernando Osuna.
El cual añade que "la compañía ha probado suerte a ver si cuela y no la tienen que indemnizar. Nunca pensaron que esa señora iba a asesorarse y que nosotros íbamos a pedir el documento. Se lo hemos pedido al juzgado donde está la denuncia y este dijo que nos lo tenían que dar".
“Una vez que hemos tenido este documento lo hemos sometido a una prueba pericial caligráfica, en la que el perito ha dicho que el documento está falsificado, ya que la firma que hay está copiada del DNI. Ha concluido que no es una firma real”, manifiesta el letrado del bufete Osuna.
El cual indica para finalizar que “estaríamos ante un delito de falsedad, donde habría que ver en qué tipo. Moral y penalmente hablando, el hecho de que falsifiquen un documento es algo muy feo. Será difícil que queden impunes porque el informe pericial es muy bueno”.
En este sentido, Osuna recuerda que “el Código Penal español establece que la falsificación de documentos públicos puede acarrear penas de prisión que oscilan entre 3 y 6 años. Por otro lado, el delito de falsedad en documento privado puede resultar en penas de prisión que van de 6 meses a 3 años”.